Para recuperar un crédito que un sujeto extranjero tenga en Italia, se pueden recorrer diferentes caminos, según algunas variables relativas al caso específico.
Recuperación del crédito frente a personas físicas y/o jurídicas
Comenzamos primero con la distinción principal: generalmente la recuperación de un crédito frente a una persona física y/o jurídica (o sea una empresa) puede tramitarse de dos maneras:
- por la vía extrajudicial;
- por la vía judicial.
Recuperación extrajudicial de los créditos
La recuperación en vía extrajudicial del crédito es el planteamiento deseable para solucionar una controversia porque se propone de encontrar una solución amistosa entre las partes, sin acudir a los Tribunales ordinarios.
La finalidad de la vía extrajudicial es la de localizar las soluciones más idóneas para la recuperación de las deudas pendientes en tiempos más rápidos, induciendo el deudor al pago sin tener que recurrir a la vía judicial (que en general es más larga, costosa y compleja, según los casos).
Para intentar encontrar una solución amistosa hay que dirigirse a un abogado de confianza que intentará mediar y hacer planteamientos con soluciones idóneas exponiendo al deudor los beneficios económicos de acceder a un acuerdo que le evite mayores costos judiciales.
Recuperación judicial de los créditos
En caso de que la vía extrajudicial no sea factible (porque por ejemplo el deudor se niega a negociar o a pagar la cuantía debida), la vía a seguir es la del proceso judicial de reclamación, o sea acudir a los Tribunales ordinarios a través de un abogado que pueda asistir y representar en juicio al titular del crédito en todas las fases de la recuperación del mismo.
La recuperación judicial del crédito es seguramente más larga y a veces dificultosa, porque se constituye de diferentes fases que se pueden sintetizar como sigue:
- primero será necesario localizar el Tribunal competente según las reglas aplicables al caso específico;
- luego habrá que preparar el acto idóneo para introducir el juicio (generalmente si el crédito se basa en un título cierto, líquido y exigible, se podrá optar para el camino más rápido que es el del procedimiento monitorio); habrá que seguir el juicio hasta su fin, o sea hasta la emisión, por parte del órgano judicial, de un título idóneo para la recuperación del crédito (una sentencia o un decreto ejecutivo de pago);
- una vez terminado el procedimiento judicial y obtenido el título, se podrá proceder con la fase llamada de la ejecución, que tiene la finalidad de obtener las cuantías concretas debidas por el deudor. Dicha fase, que es la final, puede variar según la solvencia del deudor y los bienes que éste tiene a su nombre: por ejemplo, si el deudor es titular de una cuenta corriente, se podrá afectar su patrimonio directamente embargando la misma.
Recuperación de los créditos frente a la Administración Pública Italiana
En el caso de que el deudor sea una Administración Pública (A.P.), habrá que considerar tiempos de pago más largos y una burocracia difícil. Las dificultades en las transferencias de fondos y el llamado Pacto de Estabilidad son a menudo utilizados como argumentos de justificación por la demora en los pagos de las deudas que la Administración Pública ha contraído hacia sus propios proveedores. Pero esto no es del todo cierto: en efecto, según todo lo indicado por la Autoridad Nacional Anticorrupción (ANAC), la Administración Pública siempre tiene la obligación de respetar la puntualidad en el pago de las facturas.
Recordamos de hecho, que en virtud del artículo 81 de la Constitución italiana, cualquier decisión de gastos debe tener la debida cobertura financiera. La Administración Pública siempre tiene la obligación de verificar -antes de convocar una licitación para una obra o un servicio- la posibilidad de poder respetar las obligaciones contractuales y por consecuencia, también los plazos de pago. En la práctica esto no siempre occurre.
De todas formas, también para recuperar los créditos frente a la A.P. se podrá actuar con las formas indicadas para la recuperación de los créditos frente a las personas físicas y/o jurídicas que indicamos a contiunuación.
Recuperación extrajudicial
Con la finalidad de recuperar los créditos frente a la A.P. se puede empezar con la vía extrajudicial, resumiéndose las siguientes fases principales:
- due diligence documental, o sea análisis previo de toda la documentación inherente la situación crediticia. De hecho, se trata de una fase preparatoria con la finalidad de confrontarse con la A.P. de cada documento inherente al crédito;
- contacto explorativo con la A.P. involucrada, con la finalidad de identificar el referente interno para la liquidación, en general perteneciente al Servicio Económico-Financiero (Tesorería);
- reconciliación de los créditos, o sea la comparación de la documentación administrativa del acreedor con la de la A.P.. y la eliminación de las eventuales diferencias emparejando las respectivas partidas. En esta fase vienen verificados los respectivos extractos de cuenta y los concretos pagos eventualmente no contabilizados, con resolución de las puntuales discrepancias;
- liquidación de los créditos, o sea la verificación de la existencia del crédito resultante de la conformidad de las prestaciones de los servicios prestados y facturados con respecto a aquellas pedidas y ordenadas, además de la regularidad contable y administrativa de las mismas facturas.
Recuperación judicial
Con respecto a la recuperación de los créditos por la vía judicial frente a la A.P.., se aplican en línea general las mismas reglas previstas para las personas físicas y/o jurídicas, con la siguiente excepción: una vez obtenido el título judicial, la ejecución no podrá empezarse antes de 120 días a partir de la notificación del título a la misma A.P.
En conclusión, si sois extranjeros y necesitáis recuperar créditos en Italia, no dudéis en contactárnos al siguiente email: info@fiatlux.legal. Nuestros asesores y abogados estarán encantados de poner a vuestra disposición su experiencia y capacidad para satisfacer de la mejor manera posible vuestras exigencias.