Bonus para mayores de ochenta años 2025: Normas y especificaciones del INPS

Desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2026, las personas mayores (con al menos 80 años), con un nivel de necesidad asistencial muy grave y con un ISEE (Indicador de la Situación Económica Equivalente) en vigor no superior a 6.000 euros, pueden beneficiarse de la “Prestazione Universale” (Prestación Universal), una nueva medida experimental que integra la indemnización de acompañamiento ya reconocida con una “asignación de asistencia”.

El importe máximo será de 850,00 euros mensuales y tendrá la finalidad de remunerar el trabajo de cuidado y asistencia realizado por trabajadores domésticos o de adquirir servicios de apoyo a la domiciliariedad y a la autonomía prestados por empresas y profesionales cualificados.

A través de la “asignación de asistencia”, quienes tengan derecho podrán adquirir servicios prestados por trabajadores domésticos, servicios de tipo socio-asistencial (de cuidado e higiene personal, de lavandería, de preparación y distribución de comidas, de cuidado y ayuda a la gestión del hogar, de acompañamiento a visitas, para realizar pequeñas gestiones y trámites administrativos) y servicios de tipo social (apoyo relacional, ayuda al mantenimiento de habilidades prácticas, apoyo psicológico-educativo, teleasistencia y tele-socorro).

Hemos preparado aquí una guía sintética que podrá acompañarte a través de los entresijos de la burocracia italiana y aclarar tus principales dudas. Si deseas asistencia inmediata, escríbenos a: info@fiatlux.legal. ¡Nuestros expertos de Fiat Lux Legal estarán encantados de ayudarte!

  1. Bonus para ancianos no autosuficientes: qué es y a cuánto asciende

Como anticipado, a partir de este año, el INPS (Instituto Nacional de la Seguridad Social italiano) proporcionará, de forma experimental, un nuevo bonus para ancianos, denominado oficialmente Prestación Universal, destinado a los mayores de ochenta años no autosuficientes y subordinado a una necesidad asistencial específica definida como “gravísima”. El período de experimentación se extenderá desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2026.

La Prestación Universal se abonará mensualmente y se compone de:

  1. una cuota fija monetaria, correspondiente a la indemnización de acompañamiento (ley 11 de febrero de 1980, n. 18);
  2. una cuota integrativa, definida como “asignación de asistencia”, de 850,00 euros mensuales, como contribución al coste del trabajo de cuidado y asistencia, realizado por trabajadores domésticos o para la adquisición de servicios destinados al trabajo de cuidado y asistencia, proporcionados por empresas cualificadas.

ATENCIÓN: la cuota fija y la cuota integrativa se liquidan mediante dos pagos separados:

  1. la cuota fija se abona según las modalidades ya en uso para el pago de la indemnización de acompañamiento;
  2. la cuota integrativa se abona mediante un pago específico preparado a través de la plataforma “Prestazione Universale”.

El INPS realizará un seguimiento del gasto con el fin de una posible redeterminación del importe mensual de la cuota integrativa, en caso de que se produzca una desviación entre el número de solicitudes y los recursos financieros definidos por el legislador.

2) Prestación universal para personas mayores: requisitos

El reconocimiento de la prestación universal para personas mayores está subordinado a la posesión de los siguientes requisitos:

  1. edad anagráfica igual o superior a 80 años;
  2. un nivel de necesidad asistencial gravísimo, valorado según los actos de la Comisión médico-legal del INPS, también sobre la base de las indicaciones proporcionadas por la Comisión técnico-científica nombrada el 16 de octubre de 2024 con DM n. 155/2024 y aprobado con decreto del Ministro de Trabajo y Políticas Sociales del 19 de diciembre de 2024;
  3. un valor ISEE socio-sanitario ordinario, en curso de validez, no superior a 6.000 euros;
  4. la titularidad de la indemnización de acompañamiento (art. 1, comma 1, de la ley 11 de febrero de 1980, n. 18) activa. En caso de suspensión no se reconocerá la prestación Universal.

Con referencia al nivel de necesidad asistencial gravísimo, la ley indica los siguientes casos:

  • personas en estado de coma, Estado Vegetativo (EV) o Estado de Mínima Conciencia (EMC);
  • personas dependientes de ventilación mecánica asistida o no invasiva continua (24/7);
  • personas con estado de demencia grave o gravísimo;
  • personas con lesiones espinales desde C0/C5, de cualquier naturaleza;
  • personas con gravísima discapacidad motora debida a patología neurológica o muscular;
  • personas con deprivación sensorial compleja entendida como comprensión de minoración visual total o con residuo visual no superior a 1/20 en ambos ojos o en el ojo mejor;
  • personas con gravísima discapacidad comportamental del espectro autístico;
  • personas con diagnóstico de Retraso Mental Grave o Profundo;
  • cualquier otra persona en condición de dependencia vital que necesite asistencia continua y monitorización las 24 horas del día, los siete días de la semana, por necesidades complejas derivadas de graves condiciones psicofísicas.

El INPS precisa que se considera “persona con discapacidad gravísima” quien necesita asistencia continua las 24 horas del día, también para más actos contemporáneamente, la interrupción de la cual, aunque por un periodo muy breve, puede llevar a complicaciones graves o incluso a la muerte.

3) Prestación universal para personas mayores: cómo presentar la solicitud

La solicitud podrá presentarse on-line al INPS a través de la página “Decreto Anziani – Prestazione Universale”. 

  • ya sea personalmente, con la propia identidad digital, o
  • a través de CAF y Patronati.

Si este tema te interesa y quieres saber más, puedes escribirnos a: info@fiatlux.legal ¡Nuestros expertos estarán encantados de ofrecerte la asistencia necesaria para alcanzar tus objetivos!

Otros artículos similares

Hoja de ruta operativa para constituir una Comunidad Energética Renovable

Como hemos visto en nuestro artículo anterior, el patrimonio de las entidades eclesiásticas tiene un potencial energético y social inmenso.

Perfiles jurídicos de la transición ecológica: las Comunidades Energéticas Renovables como nuevo modelo de gestión de los bienes eclesiásticos

Observando el escenario legislativo de 2026, resulta evidente que para las Entidades Eclesiásticas Civilmente Reconocidas (EECR) ha llegado el momento

Herencias entre Italia y España: consejos sobre cómo evitar caer en una pesadilla burocrática

Ser propetario de una vivienda en la Costa del Sol o de una cuenta corriente en Milán es un privilegio;